Objeto de la ayuda de orfandad
El objeto de esta prestación es ayudar económicamente a los/as hijos/as de titulares de La Fundación que en el año en curso han quedado en situación de orfandad absoluta.
Consiste en:
- Una ayuda de 4.000 € por unidad familiar.
Requisitos de la Ayuda de Orfandad de La Fundación
- Pueden favorecerse de la ayuda: Los/as huérfanos/as absolutos/as de los titulares DIRECTOS o INDIRECTOS hasta 65 años, que hayan fallecido en el año en curso.
- La huérfana/o para poder favorecerse de esta prestación, deberá ser beneficiario/a de La Fundación en el momento de solicitar la prestación.
- Antigüedad de 9 meses a la fecha de solicitud de esta prestación.
Formas de solicitar la ayuda de orfandad de La Fundación:
La información se puede solicitar a través de cualquiera de estos medios:
- A través del formulario de la página web
- A través del correo electrónico info@lafundacion.com
- De forma presencial en nuestras oficinas situadas en C/ Dato 43 en Vitoria-Gasteiz
Ante cualquier duda, llamar por teléfono al número de atención al cliente 945 222 900.
Plazos de presentación de la ayuda de orfandad:
- De forma presencial: El plazo para presentar la solicitud para recibir la ayuda de orfandad comienza cuando se lanzan las ayudas hasta el 30/12 de forma presencial en las oficinas de La Fundación en la Calle Dato 43 de Vitoria-Gasteiz.
- De forma online: El plazo para presentar la solicitud online a través del formulario de la página web o por correo electrónico para recibir la ayuda de orfandad comienza cuando se lanzan las ayudas y finaliza el 31/12.
- Para tener derecho al cobro de esta prestación, el fallecimiento tiene que haberse producido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año en que está en vigor dicha prestación.
- Para aquellos fallecimientos producidos en el mes de Diciembre, se ampliará el plazo de solicitud hasta el 31 de marzo del año siguiente.