En qué consiste la Ayuda por Viudedad
La ayuda complementaria de viudedad consiste en una ayuda económica destinada a los viudos/as de los titulares DIRECTOS (trabajadores activos en empresas LaF) o INDIRECTOS hasta 65 años (los que han causado baja por jubilación, incapacidad…) de La Fundación fallecidos durante el año en curso.
Su objetivo es evitar la desprotección en la unidad familiar y apoyar de alguna manera a la persona que se queda viuda.
Objeto de la ayuda de viudedad
El objeto de esta prestación es ayudar económicamente a los viudos/as de los/las titulares de La Fundación que hayan fallecido en el año en curso.
Consiste en:
- Una ayuda de 1.500 €/viudo/a en el caso de NO TENER a su cargo hijos/as igual o menores de 18 años que estén dados de alta como beneficiarios a la fecha del fallecimiento.
- Una ayuda de 3.000 €/viudo/a en el caso de TENER a su cargo hijos/as igual o menores de 18 años a la fecha del fallecimiento, siempre y cuando estén dados de alta como beneficiarios en La Fundación.
Requisitos de la Ayuda de Viudedad
- Pueden favorecerse de la ayuda: Los/as viudos/as de los/las titulares DIRECTOS o INDIRECTOS hasta 65 años, que hayan fallecido en el año en curso.
- El viudo/a para poder favorecerse de esta prestación, deberá ser titular de La Fundación en el momento de solicitar la prestación.
- Antigüedad de 9 meses a la fecha de solicitud de esta prestación.
Formas de solicitar la ayuda de viudedad de La Fundación:
La información se puede solicitar a través de cualquiera de estos medios:
- A través del formulario de la página web
- A través del correo electrónico info@lafundacion.com
- De forma presencial en nuestras oficinas situadas en C/ Dato 43 en Vitoria-Gasteiz
Ante cualquier duda, llamar por teléfono al número de atención al cliente 945 222 900.
Plazos de presentación de la ayuda de viudedad:
- De forma presencial: El plazo para presentar la solicitud para recibir la ayuda de viudedad comienza cuando se lanzan las ayudas y finaliza el 30/12 de forma presencial en las oficinas de La Fundación en la Calle Dato 43 de Vitoria-Gasteiz.
- De forma online: El plazo para presentar la solicitud online a través del formulario de la página web o por correo electrónico para recibir la ayuda de viudedad comienza cuando se lanzan las ayudas y finaliza el 31/12.
- Para tener derecho al cobro de esta prestación, el fallecimiento tiene que haberse producido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año en que está en vigor dicha prestación.
- Para aquellos fallecimientos producidos en el mes de Diciembre, se ampliará el plazo de solicitud hasta el 31 de marzo del año siguiente.
Fechas de aprobación de las ayudas:
Mensualmente se aprobarán las prestaciones solicitadas durante ese mes.
Ingreso de la ayuda:
El pago de la prestación se realizará el día 10 del mes siguiente, excepto las prestaciones solicitadas en diciembre cuyo pago se realizará el 31 de enero.
Estos pagos se realizarán mediante transferencias bancarias a ingresar en la cuenta del titular.
Plazo de reclamación:
Los 15 días siguientes a las fechas de pago.
Documentación:
Será de aplicación el contenido íntegro del Procedimiento general que regula las actividades desarrolladas vía Prestaciones.
- Solicitud cumplimentada íntegramente (se puede descargar desde la web de La Fundación o solicitarla en las propias oficinas a la hora de presentar la ayuda).
- Certificado de empadronamiento familiar donde aparezca el titular fallecido (solicitarlo con emisión anterior a la fecha de fallecimiento del titular).
- Fotocopia del certificado de defunción.
La Fundación se reserva el derecho a solicitar cuanta documentación considere necesaria para acreditar.